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Es normal que en muchos lugares, existan dispositivos de bloque de señal de celulares: Escuelas, dependencias gubernamentales, aeropuertos, y demas. Normalmente estás medidas se toman por seguridad del lugar, aunque esto puede ser molesto para muchas personas.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes en México, publicó el decreto por el que se formaliza la prohibición de usar, fabricar, comercializar o poseer bloqueadores (conocidos como jammers) o dispositivos que anulen las señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen.

Aquellas personas que violen la disposición serán sentenciadas a penas entre los 12 a 15 año s y de 15 a 18 años si el delito lo comente un servidor público.

El nuevo mandato deja únicamente a los centros de readaptación social excluidos de este cumplimiento que entrará en vigor este sábado 25 de enero de 2020, con la advertencia de que los particulares que posean estos dispositivos tienen 30 días para entregarlos a Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, destruirlos o excluirlos del país.

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El Artículo 190 Bis indica que “Queda prohibida la fabricación, comercialización, adquisición, así como la instalación, portación, uso y operación de equipos que bloqueen, cancelen o anulen las señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen”.

Se precisa que “Con excepción de lo dispuesto en el párrafo anterior, se podrá instruir la fabricación, comercialización, adquisición, instalación, portación para el uso y operación por parte de las autoridades encargadas de los centros de reinserción social, establecimientos penitenciarios o centro de internamiento para menores.

Texto tomado de: Excelsior


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